Situación:
Celebrado un contrato de compraventa que comprende tres unidades inmobiliarias -departamento, estacionamiento y bodega- por error se inscribió sólo el departamento. Años después el titular de la inscripción requiere que se rectifique la inscripción en el sentido que ella también ampara las unidades inmobiliarias omitidas.
En el lapso comprendido entre la práctica de la inscripción incompleta y la solicitud de rectificación señalada se dictó una medida precautoria de celebrar actos y contratos en contra del vendedor respecto de las unidades inmobiliarias no transferidas del edificio en que se encuentran, entre muchas otras, aquellas cuya inscripción, por error del Conservador, no se practicaron no obstante indicarse en el título que sirvió de antecedente a la inscripción incompleta.
ver más →